El fiscal se
querella por sedición contra el ‘Govern’ de Puigdemont y la Mesa del
‘Parlament’
El Ministerio Público descarta por ahora
dirigir una acción penal por rebelión, como había sopesado en las últimas
semanas
la
Fiscalía tiene previsto interponer este lunes sendas querellas por la comisión
de un delito de sedición contra los integrantes del Govern que
encabezaba Carles Puigdemont y los miembros de la Mesa del Parlament que
admitieron a trámite la iniciativa que permitió el pasado viernes la votación
de la declaración unilateral de independencia e
hipotéticamente abrir la puerta a la proclamación de la república catalana.
Este delito se castiga con hasta 15 años de prisión.
La doble denuncia se
presentará tanto en el Tribunal Supremo como en la Audiencia Nacional. En el
Supremo, por la condición de aforados que tienen los cuatro integrantes de la
Mesa a los que alcanza la querella, mientras que la Audiencia Nacional
investigaría a Puigdemont, el ex vicepresidente Oriol Junqueras y el resto de consellers que
integraban el Ejecutivo hasta su disolución por el Gobierno de la nación en
aplicación del artículo 155 y que ya no gozan de fuero. A saber: Jordi Turull,
Raül Romeva, Meritxell Borràs, Clara Ponsatí, Joaquim Forn, Antoni Comín, Josep
Rull, Lluis Puig, Carles Mundó, Dolors Bassa y Meritxell Serret.
El
Ministerio Público refuerza así su respuesta al desafío del secesionismo
catalán, que, desoyendo los pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) y
de otras instancias judiciales, siguió adelante con su plan de desconexión
hasta consumar el pasado viernes la supuesta ruptura con España. El TC suspenderá los efectos de manera
inmediata.
Finalmente no será por
rebelión sino por sedición el presunto delito por el que la Fiscalía actuará
contra el último Govern y los integrantes rebeldesde la Mesa
del Parlament. Se ha estudiado a fondo el tipo y en el
Ministerio Público se ha llegado a la conclusión de que difícilmente
prosperaría por la ausencia de violencia, requisito que exige el tipo.
En su artículo 544, el Código
Penal describe a los sediciosos como aquellos que “se alcen pública y
tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la
aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o
funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento
de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”. En el
caso de las autoridades, la pena puede alcanzar los 15 años de prisión.
De ser admitida a trámite, la duda es si el fiscal podría
solicitar medidas cautelares contra los investigados antes del 21 de diciembre,
día en que el Gobierno de la nación ha fijado la celebración de las elecciones
autonómicas en Cataluña para la elección del nuevo Parlamento. Los jueces
tienen una norma no escrita según la cual evitan adoptar decisiones que puedan
interferir en campañas electorales.
De prosperar la querella, la Audiencia Nacional instruirá en
paralelo dos procedimientos por sedición pero por hechos diferentes: uno contra
los integrantes del último Govern por la declaración de independencia -ésta
caerá en el Juzgado Central de Instrucción 2, del que es titular Ismael Moreno-
y otra por el acoso que sufrió la comisión judicial durante los registros y detenciones practicados el
pasado 20 de septiembre ante la Consejería de Economía y Hacienda en el marco
de la investigación con la que se intentaba desbaratar la organización del 1-O.
Ésta es la causa que investiga la magistrada Carmen Lamela y en la que están
imputados los presidentes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural
–Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, ambos en prisión
preventiva desde el pasado 16 de octubre-; el hasta ahora mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, y la intendente de este
cuerpo Teresa Laplana.
La acción del Ministerio Público no irá sólo contra el Govern. También
contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los integrantes de la
Mesa que admitieron a trámite la iniciativa que permitió la votación
previa a la declaración de independencia. Se trata, en concreto, de los
diputados Lluís Guinó y Ramona Barrufet (PDCat), y Anna Simó (ERC). Los cuatro
forman parte de la Diputación Permanente (órgano que vela por
los poderes de la Cámara al haberse disuelto ésta por la convocatoria de
elecciones para el próximo 21 de diciembre), por lo que mantienen el
aforamiento.
Malversación, prevaricación, desobediencia…
El panorama judicial parta Puigdemont, el vicepresidente
Junqueras y los consellers ya destituidos se complicará si sale
adelante la nueva acción que presenta este lunes la Fiscalía. En sendas
querellas interpuestas el pasado 8 de septiembre, la Fiscalía Superior de
Cataluña (TSJC) ya denunció penalmente a Carles Puigdemont y al resto de su gabinete por
la comisión de delitos de prevaricación, malversación y desobediencia al firmar
el decreto de convocatoria del referéndum de autodeterminación, celebrado el
pasado 1-O pese a estar suspendido por el Constitucional.
El TSJC también actuó contra los
integrantes de la Mesa del Parlament -Forcadell, Guinó, Simó, Nuet y Barrufet-
por admitir la tramitación de las leyes de desconexión a principios de
septiembre. En este caso, les investiga por la posible comisión de delitos de
desobediencia y prevaricación, no apreciando el alto tribunal catalán la
posible malversación de caudales públicos que sí veía el fiscal.
El fiscal consideraba que, con su modo de proceder, los
querellados impulsaron un trámite “constitucionalmente ilegítimo” “viciado de
raíz” por falta de competencia, “extravagante de las genuinas funciones parlamentarias
de las que estaban investidos” y “lesivo” para el ejercicio de la función
parlamentaria de los demás diputados, “que no estaban dispuestos a aceptar tan
extrema tergiversación de sus atribuciones y del derecho de los propios
ciudadanos a participar en los asuntos públicos”.
EL INDEPENDIENTE

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